¿Puedo empezar a trabajar con la solicitud en trámite como familiar de español/a?

En el supuesto de la autorización de residencia de familiar de español la presentación del expediente habilita provisionalmente a trabajar (tanto por cuenta ajena como por cuenta propia). Pero es importante saber que NO EN TODOS LOS SUPUESTOS se otorga esta habilitación provisional.

El artículo 97.5 del Real Decreto 1155/2024 establece que: La presentación de la solicitud otorgará, durante su tramitación y hasta su resolución, el derecho de permanecer provisionalmente a los familiares en España y, en el caso de aquellos referidos en las letras a), b), c) y d) del artículo 94, habilitará para el desarrollo de actividades laborales o profesionales por cuenta ajena o propia, respectivamente. El mantenimiento de la autorización provisional y, en su caso, de la habilitación para trabajar quedarán condicionados a la posterior concesión definitiva de la autorización, quedando sin efecto en otro caso.

¿Quiénes son los familiares de los apartados a los que se refiere este artículo?

  • Cónyuge
  • Pareja de hecho
  • Pareja no registrada
  • Hijos de 16 a 26 años

Esta circunstancia se indicará en la admisión a trámite del expediente, donde desde la Oficina de Extranjería correspondiente se indica en un párrafo que:

De acuerdo con lo previsto en el artículo 97.5 del Real Decreto 1155/2024, la presentación de esta solicitud le otorga, durante su tramitación y hasta su resolución, el derecho a permanecer provisionalmente en España y le habilita para el desarrollo, sin ningún tipo de limitación, de actividades laborales o profesionales por cuenta ajena o propia. El mantenimiento de la autorización provisional y, en su caso, de la habilitación para trabajar quedarán condicionados a la posterior concesión definitiva de la autorización, quedando sin efecto en otro caso. Sirva el presente documento, junto con el NIE que tiene asignado, como medio para hacerlo valer tanto ante la Administración como ante cualquier persona física o jurídica, pública o privada.

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